Desde el departamento de Recursos Humanos nos comunican la normativa de vacaciones actualizada por razones de la emergencia sanitaria. Se aplican las siguientes modificaciones excepcionales:
- Eliminación del plazo de confección del calendario de vacaciones estivales en el 1er. Cuatrimestre.
- Por motivos de conciliación, posibilidad del fraccionamiento de la vacaciones en 6 periodos. En caso de disfrutarlas en más de 4 periodos, solo podrán disfrutarse 2 periodos a partir del 01/10/2020.
CONSULTA AQUÍ LA NORMATIVA DE VACACIONES
Os recordamos que:
- Al menos el 50% de la vacaciones (es decir, 12 días hábiles) deben ser disfrutados entre el 01/06 y el 30/09.
- Los días de vacaciones se pueden unir a los de asuntos propios. Este año excepcionalmente, se amplía el plazo del disfrute de los 2 días obligatorios de asuntos propios hasta el 31/08/2020.