En caso de que la Comunidad de Madrid pase a la Fase 1 del Plan de Desescalada decretado por el Gobierno, se establecerán las siguientes medidas adoptadas por la Institución hasta la finalización de dicha Fase 1. Estas medidas podrán ser modificadas en función de las necesidades organizativas de la Institución, en relación con el avance de la enfermedad y de acuerdo con las disposiciones decretadas por las Autoridades competentes. Si no se llegara a concretar el paso de la Comunidad de Madrid a la Fase 1, continuarían en vigor las medidas que se están aplicando actualmente.
MEDIDAS APLICABLES EN CASO DE PASO A LA FASE 1
Medidas Generales
1. Se podrán celebrar aquellas Actividades grupales presenciales (talleres, reuniones, formación) imprescindibles (necesarias para el desarrollo de la actividad o servicio) con un máximo de 10 personas, siempre y cuando se respeten las medidas de seguridad y salud establecidas.
2. Se deberán evitar los desplazamientos entre sedes, dentro de la misma jornada, que no sean estrictamente necesarios.
3. Se deberán asegurar los servicios esenciales y las actividades básicas esenciales de Cruz Roja Española, sin perjuicio que puedan ser ampliadas por cada dirección de departamento / asamblea.
Servicios Esenciales y Básicos (TSU, URS especializadas y básicas, Instaladores Teleasistencia, Atenpro, Centro Emergencia Social, Almacén de Socorros, Unidades TDO, Mantenimiento de edificios y vehículos):
Mantenimiento del 100 % de la jornada presencial.
Asambleas Locales y Zonas
2 días a la semana de jornada presencial excepto los siguientes puestos que tendrán los días de jornada presencial indicados:
- – Trabajador/a Social: 4 días – Técnicos Mujer: 4 días
- – Técnicos Empleo: 4 días
- – Técnicos Extutelados: 4 días
- – Técnicos Integración Social: 5 días
- – Técnico Mayores: 3 días
- – Técnico Voluntariado/Salud y Medioambiente: 3 días
- – Técnicos CRJ: 3 días
Departamentos Autonómicos
2 días a la semana de jornada presencial
Recursos habitacionales
Mantenimiento del 100 % de la jornada presencial.
CTD – Centro de Tratamiento a Drogodependientes
Salvo indicaciones del financiador (Ayuntamiento de Madrid), se mantendrá presencia mínima de 4 personas (médico, DUE/Téc. Laboratorio y rotación entre resto de perfiles con jornada presencial del 50% a la semana). Horario de 9,00 a 15,00 horas. El Servicio de Farmacia permanece abierto.
Centro Día Drogodependientes
3 días de jornada presencial a la semana
Recepciones (Muguet y Plantío)
Presencia diaria de 1 persona
Horario de Atención en Sedes
Reducido de 8,00 a 15,00 horas. Aquellas sedes que necesiten abrir por las tardes por exceso de demanda, podrán hacerlo siempre y cuando se cumplan las medidas de seguridad y salud establecidas en cada momento.
Jornada de trabajo
Intensiva extraordinaria presencial hasta el 15/06 e Intensiva establecida en convenio colectivo a partir del 16/06.
Medidas de conciliación adicionales
Asimismo, se establecen y/o modifican las siguientes medidas de conciliación adicionales:
a. Asuntos propios: Ampliación plazo 2 días de disfrute hasta el 31/08/2020.
b. Bolsa de emergencia Coronavirus de -50 horas. Dichas horas deberán compensarse/recuperarse antes del 31/12/2020: disponible hasta el 30 de junio de 2020.
c. Flexibilidad horaria en horario presencial: 1,5 horas con el límite de entrada de las 8:00 horas y siempre y cuando el horario de apertura del lugar de trabajo lo permita.
d. Bolsa de horas: Se flexibilizará la concesión de días libres completos en relación con el acumulado en positivo de la bolsa de horas siempre y cuando lo autorice el mando intermedio.
e. Cambios de turnos de trabajo: Se podrá realizar el cambio de turnos garantizando siempre el horario de apertura de la sede y se acuerde con el mando intermedio.
f. Jornada en Teletrabajo: Cumplimiento del horario/jornada establecida y no se podrá extender el horario ni realizar horas extraordinarias salvo que se acuerde con el mando intermedio. Establecimiento de franja horaria de teletrabajo de 8,00 a 19,00 horas.
g. Ayudas Económicas Especiales: convocatoria del Fondo Especial Coronavirus.
Medidas derivadas de la suspensión de la actividad en Centros de Enseñanza y Actividades con Mayores
Se estará a lo que decreten los Organismos Competentes responsables de dichas actividades. Todas las medidas incluidas el presente documento podrán ser revocadas, ampliadas y/o modificadas por la Institución respetando las disposiciones y recomendaciones que establezcan las Autoridades Competentes en cada momento.
La Institución mantendrá contacto permanente con los miembros del Comité de Empresa, y Comité de Seguridad y Salud.