Desde el departamento de Recursos Humanos nos comunican la normativa de vacaciones actualizada por razones de la emergencia sanitaria. Se aplican las siguientes modificaciones excepcionales:

  • Eliminación del plazo de confección del calendario de vacaciones estivales en el 1er. Cuatrimestre.
  • Por motivos de conciliación, posibilidad del fraccionamiento de la vacaciones en 6 periodos. En caso de disfrutarlas en más de 4 periodos, solo podrán disfrutarse 2 periodos a partir del 01/10/2020.

CONSULTA AQUÍ LA NORMATIVA DE VACACIONES

Os recordamos que:

  • Al menos el 50% de la vacaciones (es decir, 12 días hábiles) deben ser disfrutados entre el 01/06 y el 30/09.
  • Los días de vacaciones se pueden unir a los de asuntos propios. Este año excepcionalmente, se amplía el plazo del disfrute de los 2 días obligatorios de asuntos propios hasta el 31/08/2020.

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