Los compañeros y compañeras de Recursos Humanos nos informan que ya ha salido publicada la nueva legislación del permiso de paternidad que desde el 1 de enero de 2020 tiene una duración de 12 semanas.
Os lo contamos todo en las siguientes líneas:
El RDL 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación amplió los permisos por nacimiento y cuidado del menor para equiparar progresivamente a ambos progenitores ha publicado que:
A partir del 1 de enero de 2020, el permiso de nacimiento para aquellos progenitores distintos a la madre biológica (Anteriormente denominado Permiso por paternidad), tendrá una duración de 12 semanas, de las cuales las 4 primeras deberán disfrutarse de forma ininterrumpida tras el parto. Las 8 semanas restantes podrán ser disfrutadas de manera interrumpida y ejercitarse desde la finalización de las 4 primeras semanas tras el parto, hasta que el hijo o la hija cumpla 12 meses.
Este permiso será 100 % retribuido por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social y su ejercicio es intransferible, por lo que si el padre no lo disfruta, no lo podrá ceder a la madre.
Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial con un mínimo del 50 % de la jornada, previo acuerdo con la empresa y su ejercicio es compatible e independiente del disfrute compartido de los periodos de descanso por maternidad”.
Desde el departamento de RRHH quedamos a vuestra disposición para resolver cualquier tipo de duda al respecto.