Existe una serie de patologías que comúnmente han sido y son reconocidas, tanto por vía administrativa como judicial, como enfermedades que pueden dar origen al reconocimiento del grado de discapacidad.

No obstante, discapacidad no se reconoce por la enfermedad en sí misma, sino por cómo esa patología o lesión limita a un trabajador o trabajadora.

Una misma enfermedad puede ser incapacitante para una persona, pero no para otra o desencadenar un grado diferente de discapacidad.

Estas son algunas de las enfermedades susceptibles de reconocimiento de discapacidad:

 

 

Dispones de toda la información en la Guía de Reconocimiento de Grado de Discapacidad.

Una vez obtenido el grado de discapacidad, ¿Qué beneficios se obtienen?

Las personas a las que se le reconoce el grado de discapacidad pueden acceder a beneficios, derechos económicos y servicios de organismos públicos:

Entre los posibles beneficios las personas con reconocimiento de grado de discapacidad, destacan los siguientes:

  • I.R.P.F.: El Ministerio de Hacienda permite una deducción a quienes tengan condición legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33%.
  • IVA reducido en la adquisición de vehículos.
  • Exención del Impuesto de Matriculación
  • Exención del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica
  • Patrimonio protegido: reducciones por aportaciones al patrimonio con un límite de 10.000€ anuales.
  • Pensiones de incapacidad en función del grado de discapacidad.
  • Asignación económica por hijo con discapacidad.
  • Jubilación anticipada
  • Reserva de aparcamiento: Placa, una vez gestionada la tarjeta de aparcamiento.
  • Carnet municipal de deporte especial: Gratuidad a las Instalaciones Deportivas Municipales y a los servicios de uso libre que no precisen una reserva de espacio y tiempo determinado (piscinas…).
  • Acceso a las medidas de fomento del empleo para personas con discapacidad
  • Acceso a la vivienda de protección pública.
  • Adaptación del puesto de trabajo.
  • Subvenciones y/o ayudas de carácter individual: tratamientos rehabilitadores, productos de apoyo, accesibilidad y adaptaciones en el hogar, etc.
  • Vivienda: La Empresa Municipal de la Vivienda (EMV) convoca periódicamente compra y alquiler de viviendas, la forma de otorgarlas es por baremación, el hecho de tener una discapacidad se barema. El Instituto de la Vivienda de la CM (IVIMA), también convoca viviendas, para colectivos con necesidades especiales (entre ellos los discapacitados) se reserva un 50%.
  • Ayudas individuales de la Comunidad de Madrid: Se convocan todos los años. Información en Centro Base. Tipos de ayudas:
    • Atención especializada en Centros Residenciales.
    • Adquisición y/o adaptación de vehículos.
    • Eliminación de barreras en vehículo.
    • Adquisición de sillas de ruedas no contempladas por el sistema sanitario.
    • Adaptación funcional de la vivienda habitual.
    • Adquisición de audífonos, gafas, lentillas, no contempladas en el sistema sanitario.
    • Adquisición de ayudas técnicas.
    • Ayudas derivadas de su discapacidad que deban ser atendidas.
  • Ayudas para transporte en taxi de la Comunidad de Madrid: Se convocan todos los años.
  • Pensiones no Contributivas de Jubilación e Invalidez: Debe tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • Tratamientos Directos (Centros Base y C.R.M.F): Rehabilitación, Logopedia, psicomotricidad, Fisioterapia, Terapia Ocupacional, Estimulación Precoz.
  • Otros: Prestaciones Familiares por Hijo a Cargo, Programa de Ayuda a Domicilio, Quioscos en la Vía Pública, Tarjeta Dorada de RENFE, Tarjeta especial de aparcamiento, Prestación farmacéutica, Bono social electricidad etc.

Programa de apoyo a los empleados con discapacidad en la Institución

Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid quiere fomentar la declaración de personas afectadas con alguna discapacidad y para ello tiene preparado el siguiente programa:

  • Asesoramiento a las personas que puedan encuadrarse en la situación de discapacidad.
  • Cuando el grado de discapacidad es igual o superior al 33% se aplica un complemento 50€ brutos por 12 pagas.
  • Ayuda a la tramitación del Certificado de discapacidad.
  • Tramitación de la Declaración individual a efectos IRPF.
  • Adaptación de puesto de trabajo.

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