En relación con la situación actual derivada de la crisis sanitaria del Covid-19, enviamos un nuevo comunicado con la actualización de las medidas extraordinarias llevadas a cabo por Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid.

Las medidas se prorrogarán, en principio, hasta el próximo 31 de octubre, salvo la jornada intensiva que se dará por finalizada el 30 de septiembre.

Respecto a la apertura de las Sedes se regresará al horario habitual siempre y cuando sea posible, teniendo en cuenta el personal laboral y voluntario disponible.

Se podrán celebrar aquellas Actividades grupales presenciales (talleres, reuniones, formación) imprescindibles (necesarias para el desarrollo de la actividad o servicio) con reducción del aforo al 50 % y con el límite máximo de 6 personas, siempre y cuando se respeten las medidas de seguridad y salud establecidas. La formación presencial reglada estará sujeta a la normativa específica establecida a tal efecto.

La bolsa de horas covid-19 se prorroga hasta el próximo 31 de diciembre y las horas disfrutadas se podrán recuperar hasta el 30 de junio de 2021.

Aclaraciones:

Siempre que el servicio / actividad lo permita, se recomienda que aquellas personas con puestos teletrabajables hagan coincidir las jornadas partidas con los días de teletrabajo. Se recuerda que no se pueden realizar horas extra en situación de teletrabajo, salvo autorización expresa del mando intermedio.

En relación con el régimen de presencia y teletrabajo establecido en las Asambleas Locales y Zonas publicado en el anterior comunicado, se añaden y/o especifican los siguientes puestos con efecto desde el lunes 28 de septiembre:

Personal técnico del Plan Responde tendrán un régimen 100 % presencial.

Personal técnico proyecto MINA tendrán un régimen de 4 días en presencia y 1 en teletrabajo a la semana.

Personal técnico de captación de fondos tendrán un régimen de 3 días en presencia y 2 en teletrabajo.

Personal administrativo en las Asambleas Locales tendrán un régimen de 3 días en presencia y 2 en teletrabajo debido a la gestión actual del sorteo del oro.

Personal de Sistemas de Información pasará de un régimen de presencia del 100% a un régimen de 3-2 días en presencia y 2-3 en teletrabajo en semanas alternas, siempre y cuando el servicio quede cubierto.

Contactos estrechos COVID-19:

Asimismo, y únicamente a efectos del ámbito laboral, se aclara el modo de proceder en caso de ser contacto estrecho de caso confirmado de COVID-19.

De forma general, se considerará contacto estrecho a cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso confirmado positivo, a una distancia menor de 2 metros, durante más de 15 minutos, sin uso correcto de la mascarilla.

¿Qué periodo de tiempo se tiene en cuenta para considerar que hemos sido contacto estrecho?

– En los casos sintomáticos, desde 2 días antes del inicio de síntomas de la persona con positivo confirmado.

– En los casos asintomáticos confirmados por PCR, los contactos estrechos serán desde 2 días antes de la fecha de diagnóstico.

¿Qué debemos hacer si somos contacto estrecho?

– Contactar con nuestro centro de atención primaria para que se nos realice la PCR y seguir las indicaciones del facultativo respecto a la cuarentena.

– Contactar con el área de Prevención de Riesgos Laborales para informar de la situación.

¿Cuáles son las alternativas hasta que el facultativo emite la baja médica?

La Institución permitirá teletrabajar hasta la obtención de los resultados de la PCR hasta un máximo de 72 horas y/o durante la cuarentena establecida, a excepción de aquellos puestos en los que no es posible el teletrabajo por el tipo de funciones realizadas: (Mediadores/as, personal técnico y referentes de infancia, instaladores de teleasistencia, auxiliares de geriatría, conductores/as, personal de recepción, auxiliares sociocomunitarios, personal de mantenimiento y taller, personal de almacén, personal de los siguientes proyectos: Plan Responde, recursos convivenciales, TSU, URS, unidades TDO, MINA, etc.

Estos puestos deberán solicitar la baja médica a su médico de atención primaria desde el momento en el que son considerados contacto estrecho.

Para cualquier otra circunstancia relacionada con la covid-19, como puede ser las cuarentenas de hijos e hijas en edad escolar o situaciones similares, la plantilla tendrá a su disposición la bolsa de horas recuperables covid-19 vigente hasta el 31 de diciembre de 2020.

Madrid, a 24 de septiembre de 2020

La Dirección de la Institución

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